DEFINICIÓNÓrgano democráticamente conformado por personas servidoras públicas de cada uno de los niveles jerárquicos de la Oficialía Mayor, que tiene el propósito de implementar acciones preventivas, a fin de fortalecer la identidad profesional de los servidores públicos, a través del desarrollo de la cultura de integridad gubernamental y sentido de pertenencia. FuncionesElaborar y aprobar, durante el primer trimestre de cada año el programa anual de trabajo. Elaborar, revisar y actualizar el Código de Conducta y Reglas de Integridad, previa autorización del OIC. Difundir y promover los contenidos del Código de Ética, Código de Conducta y de las Reglas de Integridad. Verificar la aplicación y cumplimiento del Código de Ética, del Código de Conducta y Reglas de Integridad. Participar en la evaluación anual del cumplimiento del Código de Ética y de Conducta. Fungir como órgano de consulta y asesoría en asuntos relacionados con la observancia y aplicación del Código de Conducta y Reglas de Integridad. Promover programas de capacitación y sensibilización en materia de ética, integridad, prevención de conflictos de interés, entre otras. Coadyuvar con las autoridades competentes, para identificar y delimitar conductas que en situaciones específicas deban observar las personas servidoras públicas en el desempeño de un empleo, cargo o comisión. Dar vista al OIC en la dependencia u organismo auxiliar, de las denuncias y delaciones que se presenten ante el Comité y que pudieran constituir probables faltas administrativas.Dar vista al OIC en la dependencia u organismo auxiliar, de las denuncias y delaciones que se presenten ante el Comité y que pudieran constituir probables faltas administrativas. Marco NormativoLey General de Responsabilidades Administrativas. Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios. Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares. Lineamientos Generales para Establecer las Bases para la Integración, Organización, Atribuciones y Funcionamiento de los Comités de Ética de las Dependencias del Poder Ejecutivo y sus Organismos Auxiliares del Estado de México. INTEGRANTES: PrincipiosLegalidad Honradez Lealtad Imparcialidad Eficiencia Economía Disciplina Profesionalismo Objetividad Transparencia Rendición De Cuentas Competencia Por Mérito Eficacia Integridad y Equidad ValoresInterés Público Respeto Respeto a los Derechos Humanos Equidad de Género Entorno Cultural y Ecológico Cooperación Liderazgo Compromiso Espíritu de servicio Ética Pública Honestidad Prudencia Reglas de IntegridadActuación Pública Responsabilidad:Las personas servidoras publicas deberán conducir su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad y siempre orientada al interés público; conociendo, respetando y haciendo cumplir la Constitución, Leyes, Reglamentos, y en general, toda la normatividad aplicable en el ámbito de competencia y acción de acuerdo al ejercicio del empleo, cargo o comisión, así como estar actualizado en los diversos cambios legislativos y nuevas disposiciones legales que al respecto se emitan. Administración de Bienes Muebles e InmueblesResponsabilidad:Las personas servidoras públicas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, deberán administrar los recursos con eficiencia, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados. Comportamiento Digno Responsabilidad:Las personas servidoras publicas deberán de desempeñar su empleo, cargo o comisión con respeto y de forma digna hacia las personas servidoras públicas, evitando expresiones, comportamientos, lenguaje y acciones de hostigamiento o acoso sexual. Contrataciones, Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones Responsabilidad:Las personas servidoras públicas deberán conducir su actuación, cargo o comisión con transparencia, imparcialidad y legalidad, en contrataciones públicas o el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones en los que participe. Control Interno Responsabilidad: Las personas servidoras públicas en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión deberán generar, obtener, utilizar y comunicar, información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándome a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas en los procesos en materia de control interno. Cooperación con la IntegridadResponsabilidad:Las personas servidoras publicas deberán cooperar, en el ámbito de su competencia, con la Oficialía Mayor y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos al servicio público, para el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio. Desempeño Permanente con la Integridad Responsabilidad: Las personas servidoras públicas se deben conducir en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, atendiendo los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética e integridad. Información PúblicaResponsabilidad: Las personas servidoras públicas deben de desempeñar su empleo, cargo o comisión, conforme a los principios de transparencia y máxima publicidad, resguardando la documentación e información gubernamental bajo su responsabilidad, de conformidad con la normatividad en la materia. Procedimiento AdministrativoResponsabilidad: Las personas servidoras públicas que participen en la investigación, procedimiento de responsabilidad administrativa y en las actividades inherentes al área a la que estén adscritos, actuarán promoviendo una cultura de denuncia, respetando las formalidades esenciales de cada procedimiento, conforme a los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material, presunción de inocencia, exhaustividad, respeto a los derechos humanos y debido proceso. Procesos de Evaluación Responsabilidad:Las personas servidoras públicas que,con motivo de su empleo, cargo o comisión, participen en procesos de evaluación, se apegarán bajo los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas. Programas GubernamentalesResponsabilidad: Las personas servidoras públicas deberán de conducir su actuación bajo los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad y transparencia, en el otorgamiento y operación de subsidios y apoyos de programas gubernamentales. Recursos HumanosResponsabilidad:Las personas servidoras públicas deberán conducir su actuación al cargo o comisión, apegándose a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas en la participación de procedimientos de recursos humanos. Trámites y Servicios Responsabilidad: Las personas servidoras públicas deberán ofrecer un trato respetuoso en su empleo, cargo o comisión, a atender a quienes soliciten la prestación de trámites y el otorgamiento de servicios de la Oficialía Mayor, de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial. Relación con la SociedadResponsabilidad:Las personas servidoras públicas que atiendan de manera directa a la sociedad deberán ofrecer un trato justo, cordial y equitativo orientado siempre por un espíritu de servicio. Conflicto de Intereses Responsabilidad:Las personas servidoras públicas deben actuar de forma imparcial y objetiva en el desempeño de su empleo, cargo o comisión e informar los casos en los que se abstendrán de participar por posible conflicto de intereses. Clima Laboral Responsabilidad:Las personas servidoras públicas deberán conducirse con respeto hacia todas las personas que laboran en el centro de trabajo, con igualdad de trato sin importar los niveles jerárquicos. Erradicación de Violencia Contra la Mujer, Acoso y Hostigamiento SexualResponsabilidad: Las Personas Servidoras Públicas de la Oficialía Mayor deberán promover que las mujeres, accedan a una vida libre de violencia, así como a eliminar el acoso y hostigamiento sexual en contra de ellas y los hombres. ACTAS DEL COMITÉ DE ÉTICA: Acta Primera Sesión Ordinaria Acta Segunda Sesión OrdinariaActa Tercera Sesión Ordinaria