Son todas aquellas personas físicas o jurídico colectivas, las cuales se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contratos, de conformidad con lo previsto en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y en el Libro Décimo Segundo "De la Obra Pública" del Código Administrativo del Estado de México. Consulta pública de empresas, proveedores y/o contratistas objetados y sancionados